UGT Servicios Públicos exige al Gobierno medidas para garantizar la correcta aplicación de la jubilación parcial en el ámbito de lo público

UGT Servicios Públicos ha señalado al Gobierno la necesidad de seguir desarrollando la jubilación parcial anticipada conforme a la normativa vigente anterior al 1 de abril de 2025. Además, el sindicato, en contacto con los grupos parlamentarios, ha registrado enmiendas entre las que figura la aplicación de una moratoria de la entrada en vigor del Real Decreto, hasta que pueda ser de aplicación la resolución de Función Pública del pasado 28 de marzo. El sindicato ha adelantado que sus servicios jurídicos, en caso de que esta moratoria no se lleve a cabo, analizarán cómo la afectación de la ley al personal laboral de las Administraciones Públicas y tomarán las medidas adecuadas.

UGT Servicios Públicos ha señalado que la entrada en vigor, hoy mismo, de las modificaciones que en materia de jubilación parcial establece el Real Decreto Ley 11/2024 puede ralentizar la implementación de la jubilación anticipada parcial del personal laboral. Este Real Decreto Ley, aunque es un avance en la regulación de las condiciones laborales de la jubilación, dado que una de las principales novedades que presenta es la obligatoriedad de que la figura del relevista sea indefinida y a tiempo completo, es una circunstancia que, aunque encajable en el modelo de acceso a la Función Pública que marca la Constitución -publicidad, igualdad, mérito y capacidad-, no puede realizarse a corto plazo. Esta especificidad de las Administraciones Públicas obliga a que, por un lado, se posibilite la creación de empleo nuevo para cubrir las jubilaciones y, por otro, se articule un proceso de selección para la contratación del personal fijo. Por ese motivo, UGT Servicios Públicos reclama al Gobierno medidas que solventen esta situación.

La Resolución del 28/03/2025, publicada a instancias de UGT Servicios Públicos ha despejado la primera de las premisas, pues faculta y autoriza al conjunto de las Administraciones Públicas para que puedan desarrollar una tasa de empleo adicional a la ordinaria, destinada a cubrir las jubilaciones parciales anticipadas que se prevean. Sobre la segunda premisa, los procesos de selección para la contratación de personal fijo, aunque se empleen mecanismos de selección ágiles (concurso de méritos, oposición tipo test, etc.), los plazos legalmente previstos para un proceso selectivo (aprobación de OPE, bases de convocatoria, listas provisionales, listas definitivas, realización pruebas, listas, etc.) se verán demoradas, de ahí la urgencia de la moratoria exigida al Gobierno.

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